El colegio de fiscales penales del Tribunal Supremo, que debatió este martes la Asunto del tsunami democráticovaloró por 12 votos a 3 que había indicios de delito de terrorismo en los disturbios ocurridos en Cataluña en 2019 tras la condena del proceso. Además, por 11 votos a 4, la junta ve pruebas para procesar al expresidente catalán Carles Puigdemont, prófugo desde 2017 y uno de los potenciales beneficiarios de la ley de amnistía acordada por el Gobierno y los partidos independentistas. Tras una reunión que duró más de cuatro horas, la fiscalía rechazó la presentación inicial elaborada por el fiscal Álvaro Redondo, que iba en sentido contrario: excluía el delito de terrorismo y la acusación contra Carles Puigdemont. Redondo, magistrado del sector conservador, estimó que, como mucho, se produjeron disturbios públicos durante las movilizaciones promovidas en 2019 por Tsunami Democràtic para protestar por la sentencia que condenó a 12 dirigentes del partido. proceso.
Según fuentes fiscales, tras un largo debate, el resultado fue mayoritariamente contrario a la tesis de Redondo. Once miembros de la junta votaron a favor de que haya pruebas contra Puigdemont; contra cuatro que expresaron su oposición. A su vez, doce de ellos entendían que podían existir delitos terroristas, frente a tres que no lo veían así. Según fuentes fiscales, ahora es necesario elaborar un nuevo informe, que asumiría la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, teniendo en cuenta las diferencias surgidas durante la reunión entre los dos presidentes de el consejo de administración de fiscales.
Así lo explicó este martes la Fiscalía General del Estado en un breve comunicado de prensa: “Teniendo en cuenta las diferencias entre los dos fiscales generales del colegio, y de acuerdo con el criterio de los cuatro fiscales generales encargados de las causas penales, ambos interpusieron estas diferencias a su superior. … jerárquico, el teniente fiscal del Tribunal Supremo, que será quien decidirá. Según fuentes fiscales, Sánchez Conde podrá ahora elaborar un nuevo informe que seguirá el criterio de la mayoría del consejo de administración, aunque también es posible que rechace la posición mayoritaria al considerar que el principio de unidad de La actuación de la junta directiva del Ministerio Público prevalece y no puede contradecir el criterio de la Fiscalía del tribunal nacional.
El informe exculpatorio de Redondo mantuvo la misma línea marcada por Miguel Ángel Carballo, fiscal del Caso del tsunami en la Audiencia Nacional y también pertenece a la Asociación Conservadora de Fiscales, que también excluye el terrorismo y defiende la remisión del caso a los tribunales de Cataluña. Todo ello, en contra del criterio del juez de instrucción Manuel García-Castellón, que a mediados de noviembre envió una declaración motivada al Tribunal Supremo para que retomara el procedimiento sumario porque hay dos personas autorizadas: Puigdemont, que es eurodiputado, y también investigó a Rubén Wagensberg, parlamentario que anunció la semana pasada su marcha a Suiza por “miedo” a esta investigación. Con la decisión de este martes, el juez García-Castellón recibe el respaldo de la fiscalía.
Él Caso del tsunami Fue abierto en 2019 ante la Audiencia Nacional por presuntos delitos de terrorismo. Después de cuatro años de investigación (mayormente en secreto), García-Castellón emitió un decreto el 6 de noviembre destinado a promover la acusación de, entre otros, Puigdemont, Wagensberg y Marta Rovira, secretaria general de ERC. Esta resolución estalló en plena negociación sobre la amnistía, imprescindible para que Pedro Sánchez obtuviera el apoyo de Junts para su toma de posesión como presidente del Gobierno. Y desde entonces, las investigaciones sobre la plataforma independentista han ocupado gran parte del debate político y jurídico en este país.
El debate sobre el terrorismo
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La batalla sobre si los hechos investigados pueden considerarse terrorismo ha dejado su huella. El fiscal Miguel Ángel Carballo recurrió la decisión del magistrado ante la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al no encontrar pruebas que sustenten este delito ni pruebas suficientes que impliquen al ex-presidente. García-Castellón, sin esperar a que este órgano resolviera las alegaciones del Ministerio Fiscal, acudió dos semanas después al Tribunal Supremo para hacerse cargo del caso. Luego, el Tribunal Superior pidió a la fiscalía del Tribunal Supremo que decidiera si debía hacerlo.
La Fiscalía del Supremo confió a su vez el caso a Álvaro Redondo, quien redactó un dictamen en el que mantenía la línea de su colega Carballo y excluía el terrorismo. El lunes, Redondo emitió un comunicado en el que negó haber cambiado de opinión ante las presiones del fiscal general del estado, Álvaro García Ortiz, tras revelar que había elaborado un proyecto embrionario con la tesis contraria antes de analizar en profundidad el caso, según informó. él mismo dijo. Este informe de Redondo que excluye el terrorismo en los hechos atribuidos al expresident Puigdemont es el que debatió y votó el colegio de fiscales penales del Tribunal Supremo para ver si esta postura es la que remite a los magistrados. . Sin embargo, la valoración realizada por el colegio de fiscales este martes no es vinculante y los jueces del Tribunal Supremo tendrán finalmente la última palabra.
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